Nota Informativa del Registro Civil de Madrid:
Desde el 1 de julio de 2017, las solicitudes de nacionalidad por residencia deberán presentarse a través de la correspondiente aplicación electrónica, o bien conforme a las reglas generales sobre presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones de los ciudadanos ante los órganos de las Administraciones Públicas.
Los lugares en los que es posible la presentación de dichas solicitudes son:
– Preferentemente, a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.
– En los registros administrativos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las oficinas de registro más cercanas se podrán consultar en la siguiente pagina web:
Oficinas de Registro
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