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martes, 27 de marzo de 2018

Publicadas las calificaciones de la prueba CCSE de febrero de 2018



Publicadas las calificaciones de la prueba CCSE de febrero de 2018



El porcentaje de aprobados sigue por encima del 97%. A partir de la próxima convocatoria del 22 de marzo, solo se admitirá documentación original y en vigor para acceder a la prueba CCSE

Ya están publicadas las calificaciones de los candidatos que se presentaron a las pruebas de Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España (CCSE) realizadas el pasado 22 de febrero. Como en las convocatorias anteriores, más del 97% de los presentados ha resultado apto, por lo que se mantiene al alza el porcentaje respecto a las convocatorias anteriores.

Los candidatos que aportaron su cuenta de correo a la hora de inscribirse, han recibido notificaciones del Instituto Cervantes en las que se les comunica la publicación de resultados. Este correo electrónico lleva adjunta la certificación de calificaciones, que también se puede consultar en el espacio privado del portal de Exámenes del Instituto Cervantes. Este certificado tiene validez legal conforme a la ley española y se puede presentar sin ningún problema para tramitar los expedientes de nacionalidad.

Todos aquellos candidatos que no estén de acuerdo con su calificación pueden presentar una única solicitud de revisión de calificación al Instituto Cervantes, también a través de su espacio personal en esta misma página web. El plazo de revisión de calificaciones se inició ayer, día 14/03/2018 y finalizará el día 13/04/2018. Solo se admiten solicitudes de revisión de calificaciones de candidatos no aptos o no presentados, a través del formulario electrónico habilitado en su espacio privado del portal de Exámenes del Instituto Cervantes, en el plazo establecido.

Los candidatos que hayan resultado no aptos en primera convocatoria (y también los que no se presentaron el día del examen por el motivo que fuera), tienen una segunda oportunidad de hacer la prueba en un plazo de 18 meses desde la fecha del primer examen, sin tener que volver a pagar por la inscripción. Es importante que tengan en cuenta que deberán examinarse en el mismo centro de examen en el que se examinaron la primera vez.

Recordamos que a partir de la próxima convocatoria CCSE del 22 de marzo solo se admitirádocumentación original y en vigor para acceder a la sala de examen. Por tanto, en ningún caso se admitirá documentación diferente a la original, no siendo admitidos candidatos que presenten justificantes de renovación o copias por denuncias, pérdida o sustracción.

Para quienes quieran inscribirse en la convocatoria CCSE del próximo día 26 de abril, informamos además, de que aún está abierto el plazo hasta el próximo 5 de abril. La inscripción se realiza a través de la página del Instituto Cervantes


martes, 13 de marzo de 2018

La documentación debe ser original y estar en vigor para acceder a la prueba CCSE



Documentos de identidad que deben presentar los ciudadanos que quieran participar en las pruebas CCSE:



Solo documentación original y en vigor para acceder a la prueba CCSE


Lunes, Marzo 12, 2018 - 12:54


A partir de la próxima convocatoria del 22 de marzo



Todos los candidatos que se presenten a la prueba de CCSE a partir de la próxima convocatoria del 22 de marzo deberán presentar la documentación original requerida y en vigor, para poder acceder a la sala de examen. Por tanto, en ningún caso se admitirá documentación diferente a la original, no siendo admitidos candidatos que presenten justificantes de renovación o copias por denuncias, pérdida o sustracción.


Estos requisitos se establecen de acuerdo a la Ley y siguiendo las instrucciones específicas de la Dirección General de la Policía.


La documentación necesaria que hay que presentar para el acceso a la sala en la que se realiza la prueba CCSE:


• Resguardo de inscripción que el candidato ha recibido por correo electrónico.


• Tarjeta de Identificación de Extranjeros (TIE) o permiso de residencia donde figura (el número NIE) que es el documento de identidad oficial original en vigor con foto que justifica que el candidato reside en España de forma legal.


• Pasaporte original en vigor.


Los ciudadanos de estados miembros de la Unión Europea tienen que presentar:


1. Resguardo de inscripción que el candidato ha recibido por correo electrónico.

2. Pasaporte original en vigor o Documento Nacional de su país de origen.

3. Certificado de Registro de ciudadano de la Unión. Este certificado tiene dos formatos: carta o carné.

Los ciudadanos apátridas tienen que presentar:

1. Resguardo de inscripción que el candidato ha recibido por correo electrónico.

2. Tarjeta de Identificación de Extranjeros (TIE) o permiso de residencia donde figura (el número NIE) que es el documento de identidad oficial original en vigor con foto que justifica que el candidato reside en España de forma legal.

3. Documento que acredite tal condición.


Los ciudadanos refugiados tienen que presentar:



1. Resguardo de inscripción que el candidato ha recibido por correo electrónico.

2. A dichos candidatos se les retira el pasaporte y se les dota de una Tarjeta de Identificación de Extranjeros (TIE) o permiso de residencia donde figura (el número NIE) que es el documento de identidad oficial original en vigor con foto que justifica que el candidato reside en España de forma legal. En reverso de la misma se indica su condición de refugiado y, si necesitan salir de España, se les expide un documento de viaje (similar al pasaporte).


Candidatos que solicitan la nacionalidad española por origen sefardí:



• Resguardo de inscripción que el candidato ha recibido por correo electrónico.

• Pasaporte original en vigor.

• Documento de identidad original en vigor del país de residencia.

La documentación requerida está también especificada en la página Web del Instituto Cervantes, copiando en la barra de su navegador el siguiente enlace:


https://examenes.cervantes.es/es/ccse/preguntas-frecuentes




Más información sobre el procedimiento para solicitar la Nacionalidad española por residencia





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